Quotae es una app móvil de presupuestos y facturación para autónomos en España. La facturación de un autónomo en España se rige por el Reglamento de Facturación (RD 1619/2012), las leyes del IVA y del IRPF, y se está adaptando al Real Decreto 1007/2023 (VeriFactu), aplicable a personas físicas con actividad económica desde el 1 de julio de 2027.
Respuesta rápida
¿Qué debe contener una factura de autónomo en España?
Una factura de autónomo en España debe incluir, como mínimo: número y serie correlativa, fecha de expedición, datos completos del emisor (nombre, NIF, domicilio) y del destinatario, descripción de los bienes o servicios, base imponible, tipo y cuota de IVA, total a pagar y — cuando proceda — retención de IRPF. Si emites mediante un programa informático, ese sistema debe cumplir además los requisitos del Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación (VeriFactu) a partir del 1 de julio de 2027.
Revisado el 21 de mayo de 2026 contra el RD 1619/2012 y la nota informativa de la Agencia Tributaria sobre VeriFactu.
¿Qué obligaciones de facturación tiene un autónomo en España?
Todo autónomo dado de alta en un epígrafe del IAE y en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) debe emitir factura por cada operación de su actividad económica. Las obligaciones básicas son: numeración correlativa por ejercicio, conservación durante cuatro años (plazo general de prescripción tributaria), declaración trimestral de IVA (modelo 303) y pagos fraccionados de IRPF (modelo 130) o retenciones soportadas (modelo 111). Si trabajas con empresas o profesionales, además aplican retenciones de IRPF en factura.
¿Qué campos debe llevar una factura de autónomo?
El Reglamento de Facturación exige: (1) número y, en su caso, serie; (2) fecha de expedición y fecha de operación si difieren; (3) nombre y apellidos o razón social, NIF y domicilio del emisor y del destinatario; (4) descripción de las operaciones; (5) tipo impositivo o tipos aplicados; (6) cuota tributaria que se repercute; (7) si procede, mención a que la operación está exenta o no sujeta. En facturas simplificadas (tickets), el contenido es menor pero deben cumplir el artículo 7 del RD 1619/2012.
¿Cuándo aplico IVA del 21%, del 10% o del 4%?
El tipo general del 21% se aplica por defecto a la mayoría de servicios profesionales. El tipo reducido del 10% se aplica a ejecuciones de obra de renovación y reparación de viviendas particulares (con requisitos del artículo 91.Uno.2.10º LIVA), hostelería, transporte de viajeros y servicios funerarios, entre otros. El tipo superreducido del 4% es para productos de primera necesidad (alimentos básicos, libros, medicamentos, vivienda de protección oficial). Antes de aplicar un tipo reducido, confirma con tu gestoría que tu operación encaja con la letra de la ley.
¿Cuándo aplico retención de IRPF en mis facturas?
Como autónomo persona física, debes aplicar retención de IRPF en factura solo cuando emitas a empresas u otros profesionales (no a particulares). Los tipos generales son: 15% sobre rendimientos de actividades profesionales; 7% durante el año de alta y los dos siguientes (reducción para nuevos autónomos); 1% en determinadas actividades en estimación objetiva. La retención la ingresa el cliente en Hacienda mediante el modelo 111. Particulares no retienen — la factura va sin IRPF.
¿Cuánto tiempo debo conservar mis facturas?
El plazo general de conservación es de cuatro años, alineado con el plazo de prescripción tributaria. Para operaciones con bienes de inversión, el plazo se extiende hasta nueve años (cinco años más después del de regularización). Debes conservar tanto las facturas emitidas como las recibidas y los registros de facturación (libros). Si emites con un sistema informático, los registros deben ser legibles, accesibles y mantener la trazabilidad — papel y PDF firmado son válidos, pero un proceso digital ordenado evita pérdidas.
¿Cómo afecta VeriFactu a mi facturación?
El Real Decreto 1007/2023 obliga a que los sistemas informáticos de facturación generen registros trazables, encadenados, con huella o hash y código QR en la factura. Para autónomos en IRPF con actividad económica, la fecha de aplicación es el 1 de julio de 2027 según la Agencia Tributaria. En la modalidad VERI*FACTU, los registros se remiten en tiempo real a Hacienda; en la modalidad no verificable, el sistema los conserva con controles adicionales. No tienes que aprender la parte técnica — la responsabilidad recae en el software que uses.
¿Cómo afecta la factura electrónica obligatoria?
La Ley Crea y Crece (Ley 18/2022) obliga a empresas y autónomos a emitir factura electrónica entre sí, con un calendario por tramos según la facturación anual. El reglamento de desarrollo se encuentra en tramitación a mayo de 2026. Es independiente de VeriFactu: VeriFactu regula el software, la factura electrónica regula el formato y la transmisión B2B. Para una visión completa, consulta nuestra guía dedicada a factura electrónica para autónomos.
Tabla resumen: tipos de IVA
Resumen orientativo de los principales tipos de IVA aplicables en España. Confirma con tu gestoría el tipo concreto de tu operación antes de emitir.
| Tipo | Denominación | Ejemplos |
|---|---|---|
| 21% | General | Servicios profesionales, suministros, materiales no exentos |
| 10% | Reducido | Reformas en vivienda particular (con requisitos), hostelería, transporte de viajeros |
| 4% | Superreducido | Pan, leche, libros, medicamentos, vivienda de protección oficial |
| 0% / exento | Operaciones exentas | Sanidad, educación reglada, alquiler de vivienda habitual |
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir facturando con plantillas de Word o Excel?
Hasta el 1 de julio de 2027, sí — siempre que respetes los campos del RD 1619/2012 y la numeración correlativa. A partir de esa fecha, los sistemas que utilices para facturar (si son sistemas informáticos) deberán cumplir VeriFactu. Plantillas sueltas no generan los registros encadenados que exige la norma, así que conviene migrar antes a una app o programa adaptado.
¿Necesito numeración diferente para presupuestos y facturas?
Sí. Los presupuestos no tienen valor fiscal y pueden numerarse libremente. Las facturas deben llevar una numeración correlativa por ejercicio (puede tener series, p. ej. una serie para facturas ordinarias y otra para rectificativas), sin huecos. La numeración de presupuestos y la de facturas son independientes.
¿Puedo emitir facturas simplificadas (tickets) como autónomo?
Sí, en operaciones de hasta €400 (IVA incluido), o hasta €3.000 (IVA incluido) en sectores donde se admiten habitualmente (taxis, hostelería, peluquerías, etc., según el RD 1619/2012). La factura simplificada debe llevar también el NIF del destinatario si éste lo solicita o si es necesario para deducir el IVA.
¿Cómo declaro las facturas en el modelo 303 y 130?
El modelo 303 (IVA trimestral) recoge el IVA repercutido en tus facturas emitidas y el IVA soportado en tus facturas recibidas — la diferencia se ingresa o se compensa. El modelo 130 (pago fraccionado de IRPF) declara el rendimiento neto de tu actividad. Si tu cliente te retiene IRPF, esa retención se compensa después en tu declaración anual (modelo 100). Tu gestoría confirma qué modelos te corresponden.
¿Necesito firma electrónica en mis facturas?
La firma electrónica avanzada no es obligatoria para facturas en papel ni PDF dirigidas a particulares. Sí es necesaria cuando emitas facturas electrónicas (formato Facturae u otro) al sector público (FACe) o, llegado el caso, en el ámbito B2B una vez sea exigible. VeriFactu no exige firma del autónomo — exige que el software genere los registros y huellas correctos.
¿Y si rectifico una factura ya emitida?
Debes emitir una factura rectificativa, identificada como tal, con su propia numeración (puede ser una serie distinta, p. ej. R-001), referenciando la factura original y el motivo de la rectificación. Nunca se borra ni se modifica una factura ya emitida. La rectificativa puede sustituir, anular o ajustar el importe — y refleja correctamente la operación en tu IVA y tu IRPF.